Empleo temporal en Navidad: ¿qué tipo de contrato puedes formalizar? 

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En Tecnylabor nos avalan décadas de experiencia ofreciendo asesoramiento y dotación de recursos humanos a empresas de trabajo temporal. Y una de las preocupaciones más comunes de nuestros clientes, especialmente en fechas tan señaladas como las que se avecinan, es el tipo de contrato que pueden formalizar cuando se producen, por ejemplo, picos de demanda, y es necesario aumentar la plantilla durante un periodo de tiempo concreto.  

Tengamos en cuenta que la última reforma laboral, en la que los contratos temporales quedan relegados a la mínima expresión, ha hecho que a muchos empleadores les asalten las dudas. ¿Qué tipos de contrato se pueden formalizar en este sentido? Presta atención.  

¿Es válido el contrato temporal en Navidad? 

Si bien con la reforma laboral ha desaparecido el contrato de obra y servicio, sigue existiendo el contrato temporal, pero con limitaciones: y es que se pretende dar mayor impulso a la contratación indefinida. Pero aquellas empresas que necesiten contratar personal durante la campaña de Navidad, pueden hacerlo formalizando contratos de trabajo temporal. Y es que, por circunstancias de la producción, es totalmente legal. Esto incluye, como hemos avanzado, el pico de trabajo que suele producirse en algunas empresas durante los periodos festivos, en los que se incrementan las ventas y servicios.  

Requisitos y consideraciones del contrato temporal en fechas señaladas 

No obstante, en estos casos, el contrato está sujeto a una serie de requisitos y consideraciones:  

  • La duración del contrato no puede ser superior a seis meses.  
  • El contrato puede ampliarse hasta un año si el convenio del sector lo reconoce.  
  • No se puede formalizar un contrato temporal en Navidad si la persona ya tenía un contrato temporal reciente con la misma empresa. 
  • Además de las razones objetivas de producción mencionadas, existe otra razón por la que se justifica el contrato temporal en Navidad:la necesidad de sustituir a una persona trabajadora con derecho a reserva. En este caso, el contrato no puede superar los tres meses de duración. 

¿Quieres formalizar contratos temporales de cara a las fiestas y necesitas asesoramiento legal? Nuestros especialistas en empresas de trabajo temporal pueden ayudarte. Contacta con nuestros expertos.