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¿En qué consisten los trabajos temporales de sustitución?

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En Tecnylabor nos avala una amplia trayectoria en la selección de personal  para el empleo temporal en Madrid. Por tanto, somos conscientes de la oportunidad que supone para muchas personas un trabajo temporal de sustitución. Pero, ¿qué tipo de contrato rige en estos casos? ¿Qué requisitos debe cumplir? ¿Se puede transformar en indefinido? En las siguientes líneas, detallamos las claves más importantes sobre los contratos de sustitución. ¡Empezamos!

¿Qué es un contrato de sustitución?

Para cubrir un empleo temporal en Madrid, el contrato de sustitución (también llamado “de interinidad”) se justifica en los siguientes supuestos. 

 

Sustitución a otro trabajador con derecho a reserva de puesto 

Cuando un trabajador tiene que sustituir a otro con derecho a reserva del puesto de trabajo en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual (es decir que no ha terminado su relación laboral con la empresa). 

 

Cobertura temporal durante un proceso de selección

Para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva. Eso sí, en caso de que la cobertura definitiva se realice a tiempo parcial, no se puede celebrar este tipo de contrato. 

 

Requisitos generales del contrato temporal de sustitución

El contrato temporal de sustitución ha de cumplir con las siguientes características:

  • Celebrarse a jornada completa, salvo que el trabajador sustituido estuviera contratado a tiempo parcial.
  • La duración del contrato de sustitución será la del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido.
  • En cambio, cuando el contrato se realice para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, la duración será la del tiempo que dure dicho proceso, que no puede ser superior a tres meses ni celebrarse un nuevo contrato con el mismo objeto una vez superada dicha duración máxima.
  • El contrato ha de formalizarse siempre por escrito y especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación. 
  • El contrato también debe identificar al trabajador sustituido, la causa de la sustitución y, en su caso, el puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se producirá tras el proceso de selección o promoción, así como especificar la circunstancia que determina su duración, la duración del contrato y el trabajo a desarrollar.
  • Si el contrato de sustitución tiene establecida una duración máxima y  se hubiese concertado por una duración inferior a la misma se entenderá prorrogado tácitamente, hasta la correspondiente duración máxima, cuando no hubiese mediado denuncia o prórroga expresa antes de su vencimiento y el trabajador continuase prestando servicios.

 

¿Se puede transformar en indefinido?

Salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación, el contrato de sustitución se puede transformar en indefinido. A continuación enumeramos los supuestos:

  • Por falta de forma escrita en caso de contrato a tiempo parcial. En estos casos, se presumirá celebrado a jornada completa.
  • Si transcurre un periodo superior al periodo de prueba, el contrato de sustitución también se puede transformar en indefinido por falta de alta en la Seguridad Social.
  • Cuando llegado el término del contrato ninguna de las partes denuncia, continuará la prestación laboral.
  • Los contratos celebrados en fraude de ley también se entienden indefinidos. 

¿Quieres optar a un empleo temporal en Madrid? Si estás decidido a explorar tus posibilidades en esta parcela del mercado laboral, en Tecnylabor seremos tus mejores aliados, pues contamos con consultores expertos que ayudan a las empresas a localizar el perfil técnico que necesitan, ya sea para cubrir bajas o necesidades puntuales. ¡Contacta con nosotros!

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